No es que Aurelius sufra de una incontinencia comparable a la de Maradona, pero es que la ilustre audiencia lvcentina está muy agitada con el Auto AP Murcia «Elitedivx«. Pues bien, gracias a Miquel Peguera (UOC) aquí teneis la decisión publicada en Internet y dos comentarios (aquí y aquí)
Y como esto parece no ser suficiente para saciar vuestras ganas de PI, P2P y PSIs, pues aquí teneis el resumen de otras dos decisiones relacionadas con el asunto anterior enviadas de nuevo por Lopez Gimenez Torres.
1. La primera es la Sentencia AP Madrid de 30 septiembre 2009, firme, en la que se condena a ALH y sus padres a pagar 2.190 Euros a ADESE y ADIVAN, todo ello como compensación por los daños ocasionados por un delito de defraudación de la propiedad intelectual cometido por ALH, menor de edad, quien no puede ser condenado por esta circunstancia pero si obligado a través de sus padres a satisfacer la indemnización correspondiente.
El menor se dedicaba a copiar y vender a través de Internet (Correo electrónico) películas y especialmente de videojuegos cuando fue sorprendido por la policía que le intervino «tostadoras» y una importante cantidad de copias.
2. La segunda es el Auto de la Audiencia Provincial de Alava del mismo día y también firme, en un asunto contra una página de descargas «E-mule»: INFECTOR y por el que se ratifica la apertura de Juicio oral. En este caso están personados EGEDA y las compañías miembros de FAP. Como el mismo Auto recoge, la incoación del Procedimiento Abreviado supone no sólo «la clausura de la fase de instrucción por considerar que se han practicado todas las diligencias de investigación tendentes al esclarecimiento de los hechos denunciados»… sino que tras una primera valoración de esas diligencias, » se ha evidenciado la posible comisión de un hecho delictivo por el imputado». Es decir, que el Juzgado de Instrucción – y la Audiencia Provincial con él- consideran que la puesta a disposición de obras protegidas a través de una página de enlaces puede ser constitutiva de delito.
En definitiva, dos nuevos pasos adelante a favor de las sociedades de gestión colectiva, que se suman al Auto de Murcia y a la condena de Logroño.
Los interesados en estas dos decisiones se puede poner en contacto con el blogger lvcentinvs o directamente con los colegas de Lopez Gimenez Torres